Despacho de Procuradores desde 1982. Experiencia reconocida y profesionalidad acreditada.
CB PROCURADORES
MIEMBROS DEL DESPACHO:
JOSE CÓRDOBA ALMELA
FRANCISCA BENIMELI ANTÓN
NUESTRA EXPERIENCIA
Jose Córdoba Almela
Titulación académica
- Licenciatura en Derecho en 1981 por la Universidad de Murcia.
- Procurador de los Tribunales desde Mayo-1.982 en el I. Colegio de Procuradores de Alicante.
- Ejerciente en los Partidos Judiciales de Alicante y San Vicente del Raspeig y Elche.
- Abogado N. E. desde Marzo 1.988 en el I. C .Abogados de Alicante.
- Profesor de la Escuela de Práctica Jurídica desde el año 2000 a 2009.
Idiomas:
- Ingles hablado y escrito nivel medio.
Otros datos de interés:
- En 1.982, bajo la supervisión y dirección del prestigioso abogado D. Francisco Zaragoza, se encarga de la puesta en marcha y organización del Departamento de Reclamación Judicial de Honorarios del Colegio Oficial de Arquitectos de Alicante, hasta 1.992.
- Año 1.996- Miembro del Cuadro de Profesores en la Escuela de Práctica Jurídica de la Facultad de Derecho y Colegio de Abogados de Alicante «Curso de Introducción al ejercicio profesional del Procurador».
- Año 1998/1.999 Profesor del Centro de Formación de Abogados de Madrid, sede Alicante, «Curso General de Iniciación al ejercicio profesional de Procurador de los Tribunales».
- Año 2.000 (Febrero).- Profesor del «Practicum» de la Facultad de Derecho de Alicante, procedimientos arrendaticios.
- Año 2000 (Septiembre) imparte cuatro ponencias en las Jornadas sobre la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, en la Sala de Congresos del Colegio de Médicos de Alicante.
- Año 2000 (Septiembre) imparte cuatro ponencias en las Jornadas sobre la Ley 1/2000 de Enjuiciamiento Civil, en la Sala de Congresos del Colegio de Médicos de Alicante.
- Año 2001 ( Junio ) Ponencia «Actuaciones Judiciales» en la Jornada sobre La Nueva Ley de Enjuiciamiento Civil organizada por la Asociación de Jóvenes Abogados de Alicante.
- Intervino en la elaboración de la «Guia práctica de la Ley de Enjuiciamiento Civil», (Comisión 2ª -Actos procesales- ; Guía unificadora de criterios orientativos para mejorar la aplicación de los L. E.C. en los Juzgados y Tribunales. (Editada por LA LEY en 2.002). Publica artículos de derechos procesal civil en Revistas Jurídicas y Publicaciones de Internet.
- Desde Octubre de 2.000, Profesor en la Escuela de Práctica Jurídica de Alicante impartiendo la asignatura «Relaciones Abogado Procurador».
- El 5 de Octubre de 2.002. Se le impuso la insignia de oro, máxima distinción del Colegio de Procuradores de los Tribunales de Alicante.
- En Marzo de 2.005 crea y publica el primer BLOG DE PROCURADORES en Internet.
- El 26 Octubre 2.007 se le impuso la medalla de oro por los 25 años de ejercicio profesional.
- Desde Noviembre 2.000 a 2009 imparte cursos en la Escuela de Practica Jurídica.
- El 21 de Febrero de 2.014 se le otorga la distinción de honor por los 25 años como Abogado no ejerciente.
- Realiza actos de comunicación judicial conforme al art. 152 L.E.C. (Ley 13/2009, de 3 de Noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial).
- El 13 de Enero de 2017 se le otorga el premio “líder Procuradores 2016” en Unión de Créditos Inmobiliarios a nivel nacional, por la tramitación de los procedimientos hipotecarios de la entidad.
Francisca Dolores Benimeli Antón
Titulación académica:
- Licenciatura en Derecho en 1982 por la Universidad de Alicante.
- Mejor expediente académico de su promoción (1ª Promoción).
- Procurador de los Tribunales desde Septiembre de 1.982 en el Colegio de Alicante.
- Ejerciente en los Partidos Judiciales de Alicante, San Vicente del Raspeig y Elche.
Idiomas:
- Francés hablado y escrito nivel medio.
- Catalan.
- Valenciano.
Otros datos de interés:
- El 26 Octubre 2.007 se le impuso la medalla de oro por los 25 años de ejercicio profesional.
- Dedicada a la gestión interna del despacho y a la formación de futuros Procuradores.
- Realiza actos de comunicación judicial conforme al art. 152 L.E.C. (Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial).






