interés legalEl tipo de interés legal no viene establecido por el Banco de España sino pornorma jurídico-positiva.
- La Ley 24/1984 de 29 de junio (publicada en el BOE de 03/07, rectificación de errores en el siguiente día 4, estableció en su artículo 1º que el interés legal del dinero se determinará «aplicando el tipo básico del Banco de España…salvo que la Ley de Presupuestos Generales del Estado establezca uno diferente».
La ley 13/1994 , de 1 de Junio, de Autonomía del Banco de España (BOE del 2), en su disposición adicional quinta da la siguiente redacción al articulo 1º de la ley 24/1984, de 29 de Junio , sobre Interés Legal del dinero:»El interés legal del dinero se determinará en la Ley de Presupuestos Generales del Estado»
- La ley 50/1984 , de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1985 (BOE del 31), en su disposición adicional novena, establece que «de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley 24/1984 , de 29 de junio , sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 11% hasta el 31/12/85.»
- La ley 46/1985, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1986 (B.O.E. de 28), en su disposición adicional duodécima manifiesta que «de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 10.50 % hasta el 31/12/86.
- La ley de 21/1986, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1987 (BOE del 24) en su disposición adicional decimonovena manifiesta que «de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la ley 24/1984, de 29 de junio , sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9.50 % hasta el 31/12/87
- La ley 33/1987, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1988 (BOE del 24), en su disposición adicional cuarta expone que:»de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1º de la Ley 2471984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/88.
- La ley 37/1988, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1989 (BOE del 29), en su disposición adicional tercera establece que «de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1º de la Ley 24/1984 , de 29 de Junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/89.
- La disposición adicional primera del Real Decreto ley 7/1989 , de 29 de diciembre (BOE del 30) , de medidas urgentes en materia presupuestaria financiera y tributaria, prorroga los Presupuestos Generales del Estado para 1989, por lo que desde el 1 de Enero hasta el el 29 de junio de 1990 el interés legal sigue siendo el 9%. A partir del 30 de junio, fecha de entrada en vigor de la Ley, hasta el 31 de diciembre, el interés legal es del 10%, en virtud de lo dispuesto en la disposición adicional quinta de la Ley 4/1990, de 29 de junio (BOE del 30) , de presupuestos Generales del Estado de 1990.
- La ley 31/1990, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1991 (BOE del 28), en su disposición adicional segunda establece que «de conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre Modificación del Tipo de interés Legal del dinero, éste queda establecido en el 10% hasta el 31/12/91.
- La ley 31/1991, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1992 (BOE del 31), en su disposición adicional séptima dispone «uno.-De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre Modificación del tipo de interés Legal de dinero, éste queda establecido en el 10% hasta el 31/12/92.
- La Ley 39/1992 , de 29 de diciembre, de Presupuestos generales del Estado para 1993 (BOE del 30), en su disposición adicional novena, dispone «Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984 , de 29 de junio, sobre Modificación del Tipo de Interés Legal del dinero, éste queda establecido en el 10% hasta el 31/12/93.
- La ley 21/1993, de 29 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1994 (BOE del 30), en su disposición adicional decimonovena, dispone «Uno. DE conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley de 24/1994 , de 29 de junio, sobre Modificación del tipo de Interés Legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/94.
- La ley 41/1994, de 30 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para 1995 (BOE del 31), en su disposición adicional duodécima, dispone «Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984 , de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/95.
- Real Decreto-Ley 12/1995, de 28 de diciembre, sobre medidas urgentes en materia presupuestaria, tributaria y financiera (BOE del 30), en su disposición adicional tercera, dispone «Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 9% hasta el 31/12/96.
- La ley 12/1996, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1997(BOE del 31) en su disposición adicional undécima, dispone «Uno .De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 7.5% hasta el 31/12/97.»
- La ley 65/1997, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 1998 (BOE del 31), en su disposición adicional sexta, dispone «Uno. De conformidad con lo dispuesto ene el art.1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 5.5% hasta el 31/12/98.»
- La ley 49/1998, de 30 de diciembre, de presupuestos Generales del Estado para 1999 (BOE del 31), en su disposición adicional quinta, dispone «Uno. De conformidad con lo dispuesto en el articulo 1 de la Ley 24/1984 , de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero , éste queda establecido en el 4.25 % hasta el 31/12/99.»
- La Ley 54/1999, de 29 de Diciembre, de presupuestos generales para el año 2000, establece en su disposición adicional quinta que «Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 4,25 % hasta el 31 de diciembre del año 2000. Dos. Durante el mismo período, el interés de demora a que se refiere el artículo 58.2 de la Ley General Tributaria, será del 5,50 %.
- La Ley 13/2000 de 28 de Diciembre, de presupuesto Generales para el año 2001 en su disposición adicional sexta, dispone «Uno. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 5,50 % hasta el 31 de diciembre del año 2001. Dos. Durante el mismo período, el interés de demora a que se refiere el artículo 58.2 de la Ley 230/1963 de 28 de diciembre, General Tributaria, será del 6,50 %.
- La Ley 23/2001 de 27 Diciembre de 2001 de presupuestos Generales para el año 2002 en su disposición adicional sexta, dispone que » Uno. De conformidad con lo dispuesto en el art. 1 de la Ley 24/1984, de 29 de Junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 4,25 por 100 hasta el 31 de diciembre del año 2.002. Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el articulo 58.2 de la Ley 230/1963, de 28 de diciembre, General Tributaria, será del 5,50 por 100.».
- La Ley 52/2002, de 30 de Diciembre de presupuestos generales del Estado para el año 2.003 en su disposición en su disposición adicional sexta establece el interés legal del dinero en un 4,25 por cien hasta el 31 de diciembre del año 2.003.
- La Ley 61/2003 de 30 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2004 establece el 3,75%.
- La Ley 2/2004 de 27 de Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2005, establece el 4 %.
- La Ley 30/2005, de 30 Diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el 2006, establece el 4%.
- La Ley 42/2006 de 28 de Diciembre de Presupuestos Generales del Estado para el 2.007 establece el 5%.
- La Ley 51/2007, de 26 de diciembre de Presupuestos Generales Estado para 2.008 establece el 5,50 %
- La Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009 ha fijado el interés legal del dinero para este año en en el 5,50 por ciento hasta el 31 de diciembre de 2009
- El Real Decreto-ley 3/2009, de 27 de marzo, de medidas urgentes en materia tributaria, financiera y concursal ante la evolución de la situación económica ha modificado la Disposición adicional Vigésima séptima de la Ley 2/2008, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2009, (BOE del 24 de diciembre), estableciendo un nuevo tipo de interés legal y de demora aplicable desde el 4 de abril de 2009 (fecha de la entrada en vigor de dicho Real Decreto-ley).La disposición adicional séptima de la Ley 2/2008 de PGE para el 2009, queda redactada de la siguiente manera: Uno. De conformidad con lo dispuesto en el art. 1 de la Ley 24/1984, de 29 de junio, sobre modificación del tipo de interés legal del dinero, éste queda establecido en el 4 por ciento hasta el 31 de diciembre de 2009. Dos. Durante el mismo periodo, el interés de demora a que se refiere el artículo 26.6 de la LGT 58/2003, será del 5 por ciento.
- La Ley 26/2009 estableció el interés legal en 4% y el interés de demora en el 5%.
- La Ley 39/2010 de 22 de Diciembre de Presupuestos Generales del Estado en su disposición 17ª establece el interés legal en 4% y el de demora en el 5% para el año 2011
- Al no haberse aprobado la Ley de Presupuestos para el ejercicio 2012, quedan automáticamente prorrogados los Presupuestos Generales del Estado del 2011. Por lo tanto, en lo que respecta al interés legal del dinero, sigue vigente para el 2012 y hasta que no se establezca lo contrario lo establecido en la Disposición adicional decimoséptima de la Ley 39/2010 de Presupuestos Generales del Estado para el 2011. BOE 23/12/10.
- Para el año 2014 ver el BOE de 26 de Diciembre de 2.013
- Para el año 2015 ver le BOE de 30 Diciembre de 2.014
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